lunes, 17 de agosto de 2009

¿Fair play o Dirty play"

¡Blatter...! Dime con quién andas y te diré quién eres.


LA FIFA DICE DEFENDER

LA ÉTICA

PERO DEMUESTRA

LO CONTRARIO

(Por Roberto C. Neira). Por estas horas se entrecruzan multitud de chimentos y el periodismo especula intentando descubrir en algunas pequeñas frases, palabras entre líneas y hasta buscan en los gestos de los responsables un dato esclarecedor que permita entender las contradictorias y escasas declaraciones de Aníbal Fernández, jefe de gabinete y José Luis Meiszner, secretario ejecutivo de AFA, suministradas al término de la reunión entre Cristina Fernández y Julio Grondona.

Los pormenores de una supuesta asociación entre el gobierno y la AFA no están confirmados; unos dicen que el gobierno no va a poner un solo peso y otros aseguran que el acuerdo entre ambos se daría sobre la base de la entrega de 600 millones a la AFA a cambio de la televisación de los partidos de Primera "A", "B" Nacional y Primera "B". Por lo tanto, asistimos a la exhibición de una nueva producción "K", por ahora, sin título, que como hemos visto en los seis años que el matrimonio presidencial lleva gobernando nuestro país, oculta manejos sospechados de indecorosos e indecentes en los asuntos de estado.

Los presidentes de los clubes de fútbol asociados a la AFA hicieron "mutis por el foro" y sólo el Dr. Alejandro Marón, presidente del Club Lanús y secretario de Asuntos Legales de la AFA, se atrevió a defender públicamente la determinación de los clubes expresando que "la entidad tiene una posición sólida para tomar la decisión que tomó y el objetivo final es el beneficio de los clubes".

Sin embargo, aunque el gobierno le quite dramatización a la película al afirmar que su único objetivo es que todos los argentinos tengan derecho a ver fútbol gratis, una promesa no exenta de cierto populismo de entrecasa, y evite hacer pública su gestión directa en las negociaciones por el fútbol, la "injerencia estatal" es un hecho y ha trascendido las fronteras, motivo por el cual, entre otras cosas, la participación del gobierno en la ruptura de un contrato entre privados, es un papelón que, entre otras cosas, aleja cada vez más a inversores nacionales y extranjeros que piensan que en un país serio lo más importante es la seguridad jurídica y el estado debe ser responsable de velar y garantizar que esta se cumpla.

Los dirigentes admiten que el fútbol está mal por su culpa, reconoció Meiszner, "porque además de administrar plata administramos sentimientos, y muchas veces con la finalidad de seguir adelante echamos mano a recursos extraordinarios en vez de buscar la mejor gestión para los ordinarios. Somos una buena parte del problema y ahora debemos serlo de la solución".

Consultado sobre la opinión de la FIFA, Meiszner consideró que Joseph Blatter, su titular, "no solo no objeta, sino que acompaña" la decisión de la AFA para rescindir el contrato con TSC. "Lo que FIFA objeta estatutariamente son los intentos de participación institucional unilateral por parte del Estado. Aquí el Estado está ajeno a esta situación", mintió.

Por el momento y pese a las declaraciones de Meiszner, no se ha recibido una confirmación oficial de Joseph Blatter respecto a la evolución del problema entre AFA, TSC y el gobierno, pero si los lectores desean informarse acerca de lo que expresan los Estatutos y el Código de Ética de la FIFA (http://es.fifa.com/) para casos de situación orgánica y financiera similares a las que atraviesa la institución que lidera el fútbol argentino, y a la actuación personal e individual de su presidente Julio Grondona (vicepresidente de FIFA) se puede considerar que la FIFA, de aceptar lo actuado, está transgrediendo sus propias normas lo que equivale a generar un pésimo antecedente plagado de inmoralidades y es el peor ejemplo que se le puede dar al fútbol internacional.

El artículo 13 de los Estatutos de FIFA indica que los miembros se obligan a observar en todo momento los Estatutos, los reglamentos, las disposiciones y las decisiones de los órganos de la FIFA, así como las decisiones del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) adoptadas en recurso conforme al art. 62, apdo. 1 de los Estatutos de la FIFA.

En el acápite g) se impone a los miembros a "administrar sus asuntos de forma independiente y asegurarse de que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos Internos".

En el Estatuto de "Las ligas u otras agrupaciones de clubes", art. 2 dice que: "Cada miembro deberá garantizar que sus clubes afiliados pueden tomar las decisiones que implican su afiliación al miembro con independencia de cualquier entidad externa. Esta obligación será válida independientemente de la forma jurídica del club".




El Artículo 8 se explaya sobre "Intereses y conflicto de intereses". Expresa claramente que " En el ejercicio de sus funciones, los oficiales deberán evitar situaciones que puedan crear un conflicto de intereses. Un conflicto de intereses puede surgir si los oficiales tienen o dan la impresión de tener intereses privados o personales que perjudiquen el cumplimiento de sus obligaciones de manera independiente, íntegra y resuelta. Se entiende por intereses privados o personales toda posible ventaja que redunde en beneficio propio, de parientes, amigos o conocidos".

En el Código de Ética, art. 5, que se refiere a "Conducta frente a organizaciones públicas o privadas", señala que "En sus relaciones con instituciones gubernamentales, organizaciones nacionales e internacionales, asociaciones y agrupaciones, los oficiales, además de observar las reglas fundamentales del artículo 3, se comportarán de forma apolítica y conforme a los principios y los objetivos de la FIFA, las confederaciones, las asociaciones, las ligas y los clubes, así como de una manera que sea compatible con su función e integridad".

La violación de estas obligaciones por parte de un miembro prevé sanciones previstas en los Estatutos y aclara que la violación del apdo.1, letra g) del presente artículo, también puede entrañar sanciones incluso si la injerencia de un tercero no pueda imputarse a la asociación miembro en cuestión.

Está más que claro entonces que para FIFA la actuación personal de Julio Grondona al cancelar el contrato con TSC inducido o de común acuerdo con funcionarios del gobierno nacional (el mandamás de la AFA hizo responsables a los clubes de esta determinación, algo que si es cierto en caso de demanda los hace corresponsables) y la decisión de asociarse mediante un acuerdo económico con el estado no se puede concretar a la luz del día sin que la FIFA deba aplicar las sanciones que correspondan o en caso contrario sufrir moral y éticamente las consecuencias de su ineficiencia.

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